Quiten las luces tipo policía para que eviten problemas.
Fue prohibido este viernes el uso de sirenas, pit0s, luces giratorias, intermitentes o rojas en vehículos de motor no autorizados a usarlas, esto mediante una resolución del Instituto Nacional de Tránsito y Transporte Terrestre (INTRANT).
Mediante resolución amparada en el artículo 228 de la Ley 63-17, el INTRANT que establece que queda prohibido el uso en vehículos de motor de pitos, sirenas y bocinas y que la disposición no será aplicable a vehículos debidamente identificados como el transporte para emergencias.
Los autorizados a usar esas luces son las patrullas y vehículos de servicio de la Policía Nacional, los camiones de bomberos, los vehículos para dar protección civil y salvamento, los de asistencia sanitaria o ambulancias, grúas y remolque.
El citado artículo establece además que, “los conductores que V10LEN esta disposición serán castigados con una multa equivalente de uno (1) a tres (3) salarios mínimos del que impere en el sector público centralizado y la reducción de los puntos en la licencia que determine el reglamento».
El artículo 228 también añade que en el caso de que un agente de la DIGESETT compruebe la instalación de sirenas y bocinas en cualquier vehículo en violación a las disposiciones de ese artículo, podrá retener el equipo en cuestión.